Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, solicitado por la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a favor de los ciudadanos JOHANDER JOSÉ CASTELLANOS ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.927.657, soltero, agricultor, residenciado en La Rosario, diagonal al colegio Parroquia Gibraltar, Municipio Sucre del Estado Zulia, y YLCENER SEGUNDO OÑATE PERDOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.142.962, soltero, agricultor, residenciado en La Rosario, diagonal a la cancha de Voleibol, Parroquia Gibraltar, Municipio Sucre del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTEN.....