Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara no ha lugar el pedimento formulado por el ciudadano JHON RICARDO URDANETA FINOL, asistido por el Abogado JAVIER LUIS ORTIGOZA, y deniega la autorización solicitada para retirar de la residencia donde habita la ciudadana MELYS MILITZA ARAUJO ALVARADO, los siguientes materiales Una Bomba de Oxigeno, varios Extintores de Frisulca y San Simón, Gabinetes de Extintores que pertenecen a la Empresa San Simón, Materiales Eléctricos de Alta Tensión, 300 metros de Alvidal de un cero, Campana aislador de 56-3, Dos Perchas, 25 metros de alambre de cobre, Un cortador, Un pararrayos, Mallas de 5/16, malla de línea y 60 metros de guaya, dos tubos para hacer postas de 3 ½ y 4 ½, Diez .....