Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primero Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR la demanda incoada por la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN) seguido contra la Sociedad Mercantil FARMACIAS VENFARCORP, C.A. en su condición de deudora principal, y contra la Sociedad Mercantil GRUPO MIDAS, C,.A., en su condición de fiadora solidaria y principal pagadora, de todas y cada una de las obligaciones contraídas por aquella, plenamente identificados en actas; con ocasión al contrato de línea de crédito antes descrito.
2.- SE ORDENA A LA PARTE DEMANDADA a cancelar a la parte actora la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 155.000,00), por concepto de capital, la cantidad de QUINCE MIL NOVECIENTOS TRECE BOLIVARES.....