Por todos los argumentos expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR LA PARTICION Y LIQUIDACION DE LOS BIENES PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD DE GANANCIALES objeto de la presente demanda postulada por la ciudadana JULIA EMILIA SOTO UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, divorciada, de oficio del hogar, portadora de la Cédula de Identidad N° V-2.880.252, y de este domicilio, contra el ciudadano MANUEL GERMAN YELAMO LIZARZABAL, venezolano, mayor de edad, Ingeniero Civil, divorciado, titular de la Cédula de Identidad No.134.570, del mismo domicilio.
SE EMPLAZA A LOS CIUDADANOS JULIA EMILIA SOTO UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, divorciada, de oficio del hogar, portadora de la Cédula de Identidad N° V-2.880.252, y de este domicilio, contra el ciudadano MANUEL GERMAN YELAMO LIZARZABAL,.....