Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos SARAHI MAGDALENA MEAÑES HERNÁNDEZ y CARLOS EDUARDO SOCORRO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-15.552.837 y V-19.747.793, respectivamente, con domicilio la primera en la calle 8 de la Urbanización las Cuarentas, vereda 7, casa numero E8-41, Cabimas del Estado Zulia y el segundo en la Urbanización Las cuarenta, calle 7, casa numero 18 A diagonal al Club Italo Cabimas, asistidos por el Abogado NIXON VARELA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.619; en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día 19 de diciembre 2006, por ante el Registra.....