Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la inhibición presentada, en fecha 27 de mayo de 2025, por la Doctora Helen Nava Rincón, actuando con el carácter de Jueza Presidenta de este Juzgado Nacional, en la causa que sigue el interpuesto por el ciudadano NESTOR ENRIQUE FERNANDEZ MOLEDA, titular de la cedula de identidad N° V- 9.754.414, contra el ESTADO ZULIA ENTIDAD FEDERAL REPUBLICA DE VENEZUELA.
2. SEGUNDO: CON LUGAR la inhibición planteada.
3. TERCERO: Se ORDENA CONSTITUIR el Juzgado Nacional Accidental de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, previa convocatoria del Juez Suplente.
Publíquese, regístrese. Remítase el presente cuaderno separado a la Secretaría de este Juzgado, a los fines legales consiguientes.