Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR PENA CUMPLIDA a favor de los penados YOHAN ENRIQUE PETIT VILLALOBOS, titular de la cedula de identidad N° 16.987.197, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 27 años de edad, Soltero, de profesión u oficio buhonero, hijo de Víctor Manuel Petit Gutiérrez y Alis Villalobos, residenciado en el Barrio Villa Venecia, calle 111 Y YURIBITH PETIT VILLALOBOS, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, Indocumentado, Soltero, de 21 años de edad, de profesión u oficio buhonero, hijo de Víctor Manuel Petit Gutiérrez y Alis Villalobos, residenciado en el barrio Integración Comunal, casa N° 39-40, Calle 111, entrando por la Panadería Villa Venecia, aproximadamente a cinco calles; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en conco.....