IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el abogado en ejercicio SIMÓN ARRIETA QUINTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.642, con el carácter de defensor privado del ciudadano ANDY STARLYN SEGOVIA ANDRADE, contra la Decisión S/N de fecha dieciocho (18) de Enero de 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, la cual de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, acordó prórroga de dos años a solicitud de la Fiscalía del Ministerio Público, en la causa seguida en contra del referido ciudadano y de los ciudadanos ISRAEL CAMACHO y EDGAR APONTE, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL,.....