PRIMERO: CON LUGAR la inhibición presentada en fecha 15.09.2023 por el profesional del derecho Germán Luis González Valbuena, titular de la cédula de identidad Nº V-16.212.422, en su carácter de Juez Provisorio adscrito al Juzgado Tercero (3º) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, por encontrarse incurso en la causal establecida en el numeral 7° del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece: "7. Por haber emitido opinión en la causa con conocimiento de ella, o haber intervenido como fiscal, defensor o defensora, experto o experta, intérprete o testigo, siempre que, en cualquiera de estos casos, el recusado se encuentre desempeñando el cargo de Juez o Jueza", en concordancia con lo establecido en el artículo 99 de ejusdem y, a su vez, en aras de evitar dudas en relación a las partes intervinientes sobre la imparcialidad a la que puede estar sujeto como administrador de justicia que es en el presente proceso.
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