PRIMERO: ADMISIBLE los recursos de apelación de autos interpuestos: el primero por el
profesional del derecho LUIS BERMUDEZ MEZA, actuando con el carácter de Defensor
Privado de la ciudadana MARÍA RONDÓN SERRUDO, ÚNICAMENTE con respecto a la
declaratoria Sin Lugar de la Nulidad de la Acusación Fiscal y el tercero, por el profesional del
derecho RICHARD ECHETO MAS Y RUBÍ, actuando con el carácter de Defensor Privado de
la ciudadana GENESIS ATENCIO BOSCÁN, ÚNICAMENTE en referencia a la denuncia
dirigida a atacar la declaratoria Sin Lugar de la Nulidad del Escrito Acusatorio, ambos
dirigidos a impugnar la decisión N° 176-21 de fecha 12 de Mayo de 2021, emanada del
Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal
del Estado Zulia, dictada con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar. Se deja
constancia que el recurrente del tercer recurso no promovió pruebas.
SEGUNDO: INADMISIBLES el primer y tercer recurso con ocasión a las .....