En consecuencia este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la solicitud planteada por el Fiscal del Ministerio Público, y la Defensa, en consecuencia, ACUERDA: FIJAR UN PLAZO DE LAPSO DE (45) DIAS para que el Ministerio Público culmine la investigación seguida en contra del imputado YERWIN JOSE LEAL, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, titular de la Cédula de Identidad No V- 15.409.130, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 20/09/1980, hijo de Siro Berruela y Lila Leal, residenciado en el barrio la Rinconada, calle 9, nº de la casa 66, color de la casa roja, como a 50 metros un colegio de Fe y Alegría del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Teléfono: 0424-699.16, por la presunta comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio DEL ESTADO VENEZOLANO, y manifieste la .....