REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO. EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 09 de Julio de 2010.-
200º y 151º
ACTA DE CONSTITUCION DE TRIBUNAL MIXTO:
DECISION Nro. 117-2010.- Causa Penal N° J01-0617-2010.-
En el día de hoy, nueve (09) de julio de 2010 del año dos mil diez, siendo las ocho y treinta de la mañana, fecha y hora previamente acordadas, para llevar a efecto Audiencia Pública para la constitución del Tribunal Mixto que entrará a conocer la presente causa Penal signada bajo el número J01-0600-2010, seguida al ciudadano FABIO CRUZ DURAN QUINTERO, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano que en vida respondía al nombre de MANUEL ALBERTO GONZALEZ, y el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el artículo 80 eiusdem, cometido en perjuicio del ciudadano MAURICIO GONZALEZ RODRIGUEZ. Actuando como Juez Profesional Abogada PATRICIA CAROLINA NAVA QUINTERO, y como Secretaria Abogada MARY LUISA VARGAS MORAN, a quien se insta a verificar la presencia de las partes, quien expone: “Ciudadana Juez, se encuentra presente el acusado de autos FABIO CRUZ DURAN QUINTERO, acompañado del Abogado OSCAR LOSSADA, Defensor Público Cuarto penal ordinario, actuando en este acto en colaboración de la Defensa Pública Tercera Abogada, REINA LACRUZ HERNANDEZ, Defensora Pública Tercera Penal Ordinario, ambos adscritos a este circuito y extensión judicial, se encuentra el Abogado ISRAEL VARGAS MARCHENA, en su condición de Fiscal Décimosexto del Ministerio Público y se encuentran cuatro de las personas que resultaron sorteados para integrar el Tribunal Mixto mediante sorteo número 510, de fecha 04-06-2010, ciudadanos: PEDRO RAFAEL HERNANDEZ PINEDA, ANA DAMARIS MARIN GARCIA, LEONARDO ENRIQUE CAMARILLO MOLINA y HORACIO JOSE URDANETA MACHADO, y no ha comparecido ninguna de las victimas de autos, es todo”. En este Estado esta juzgadora dio inicio a la Audiencia Oral, siendo seleccionados del grupo luego de hacer un breve bosquejo de las personas actas para actuar como escabinos, los ciudadanos: PEDRO RAFAEL HERNANDEZ PINEDA, ANA DAMARIS MARIN GARCIA y LEONARDO ENRIQUE CAMARILLO MOLINA, a quienes se les explicó sobre los requisitos exigidos en el artículo 151 del Código Orgánico Procesal Penal, y una vez verificado el cumplimiento de dichos requisitos, les indicó las prohibiciones previstas en el artículo 152 eiusdem, y no estando ninguno incursos en ellos, les advirtió tanto las causales de inhibición y recusación, como la de excusa, previstas en los artículos 86 y 154, ambos de la citada Ley Adjetiva Penal, manifestando los mismos no encontrarse en ninguna de ellas, una vez cumplido los requisitos de Ley, de conformidad con el artículo 161 eiusdem, quedando constituido el Tribunal Mixto con Escabinos, de la siguiente manera: ESCABINO PRINCIPAL N° 1 ciudadano PEDRO RAFAEL HERNANDEZ PINEDA, venezolano, titular de la cédula de identidad número 7.902.976, con grado de instrucción, primer año de Bachillerato, ESCABINO PRINCIPAL N° 2: ciudadana ANA DAMARIS MARIN GARCIA, venezolano, portador de la cédula de identidad número 7.903.372, con grado de instrucción, primer año de Bachillerato, y como ESCABINO SUPLENTE, el ciudadano LEONARDO ENRIQUE CAMARILLO MOLINA, venezolano, titular de la cédula de identidad número 10.680.627, con sexto grado de primaria. Seguidamente la Juez procedió a instruirlos sobre el significado que tiene el oficio de juzgamiento y la obligación en que se encuentran de guardar la mayor reserva sobre el caso en cuestión, haciéndoles entrega del instructivo respectivo. Asimismo, de conformidad a lo establecido en el artículo 342 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija fecha para la celebración del Juicio Oral y Público, en la causa subjudice, para el día treinta (30) de Julio del 2010, a las once horas de la mañana, el cual se realizará en la sala de audiencia de este Circuito Judicial Penal y Extensión. Notifíquese y Cítese a todos los que deban intervenir en este Juicio, de conformidad a lo establecido en los artículos 179, 180 y 342, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Solicítese el traslado del acusado de autos por ante la Dirección del Retén Policial San Carlos de Zulia, para la fecha y hora señalada. Y siendo las ocho y cuarenta de la mañana, se da por concluido el acto. Terminó, se le leyó y conforme firman, estampando el acusado sus huellas dígitos pulgares.
La Juez Primero de Juicio (S),
Abg. Patricia Carolina Nava Quintero.
El Fiscal XVI del Ministerio Público,
Abg. Israel Vargas Marchena.
Los Escabinos Constituidos,
Escabino Principal N° 01, Escabino Principal N° 02,
Pedro Rafael Hernández Pineda. Ana Damaris Marín García.
Escabino Suplente,
Leonardo Enrique Camarillo Molina.
El Acusado, El Defensor Público 4to.,
Fabio Cruz Duran Quintero. Abg. Oscar Losada.
La Secretaria,
Abg. Mary Luisa Vargas Morán.
Causa Penal N° J01-0617-2010.-