DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, POR CUMPLIMIENTO DE LA MISMA, a favor del penado ROBERT JOSÉ LUCHON SOTO, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 35 años de edad, Soltero, de profesión u oficio Mecánico, portador de la Cédula de Identidad N° V-11.296.257, hijo de Edixon de Jesús Luchón Pérez y de Doris Margarita Soto de Luchón, y residenciado en el Barrio Guaicaipuro, Calle 60 con Avenida 105, Casa N° 60-23, Parroquia Carraciolo Parra Pérez, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 105 del Código Penal . Publíquese, Regístrese, Notifíquese, y 0ficiese.