PAR TE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos este Juzgado de Protección de Niño, Niñas y Adolescentes administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, a la adolescente (Identificación omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y a los ciudadanos CRUZ MARINA MATOS, LEIDA DEL CARMEN MATOS BRICEÑO, LUIS ALBERTO MATOS BRICEÑO y JORGE ANTONIO MATOS BRICEÑO como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JUAN ALBERTO MATOS, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.703.335, el cual falleció Ab-intestato en Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día cinco (05) de agosto de dos mil trece (2013), según se evidencia del acta de defunción Nº 982 emanada del Registro Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Zulia.
Devuélvanse los originales a la parte inter.....