este JUZGADO DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO del vehículo, cuyas características presuntamente son : PLACA: TA-607-330, SERIAL DE CARROCERIA: VC6BF8X161240, SERIAL DEL MOTOR: K0430FCU, MARCA: PLYMOUTH, MODELO: TREDESMAN, AÑO: 1978, COLOR: AZUL DOS TONOS, CLASE: CAMION, TIPO: AUTOBUS; a la ciudadana NELLY JOSEFINA CHACIN CASTILLO CI V-11.255.995, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO Se ordena notificar ala ciudadana NELLY JOSEFINA CHACIN, que la entrega del mismo es de forma limitada, es decir, que cuando este vehiculo sea requerido por la Fiscalía deberá llevarlo a la misma, que no podrá donar, ceder, vender ni alquilar el mismo, hasta tanto concluya la investigación, que dicho vehículo podrá transitar por el territorio nacional .....