Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal DECIMO de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del imputado ANDRES JOSE ULIANA ULIANA, de nacionalidad Venezolano, natural de la Guajira, del Estado Zulia, fecha de nacimiento: no se sabe la fecha 1980, de 28 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio ayudante de albañilería (obrero), Indocumentado, hijo de Alfredo Chainez (V) y Celia Uliana (D), y con residencia en el Serrito, cerca de la Compañia Zona Franc, en la Alta Guajira, Estado Zulia, teléfono: 0426-701-9074 (Yoleida Uliana), por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el Artículo 45 Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; siendo que debe cumplir con las obligacion.....