JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA
Maracaibo, 08 octubre de 2008
197° - 148°
Exp. N° 420-05
En el presente Recurso Contencioso Tributario (Subsidiario) interpuesto por la contribuyente R.B. AUTOMOTRIZ, S.A. en contra de la Resolución No. GJT-DRAJ-A-2004-87, de fecha 28 de enero de 2005 emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); en fecha 14 de diciembre de 2006, este Tribunal declaró perimida la instancia y por consiguiente extinguido el presente proceso. En la Misma fecha se ordenó notificar de la referida resolución a la contribuyente y a la Procuraduría General de la Republica
En fecha 21 de mayo de 2007, se libraron las notificaciones a la contribuyente y a la Procuradora General de la Republica. El 19 de julio de 2007 el Alguacil de este Tribunal consignó el oficio recibido por la Procuraduría General de la Republica; y, el 11 de agosto de 2008 consignó el la boleta de notificación dirigida a la contribuyente.
En razón de lo anterior, se considera que las notificaciones ordenadas en dicha sentencia fueron efectivamente cumplidas; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 06 de octubre de 2008.
En razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso de apelación y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 14 de diciembre de 2006, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
El Juez,
(HAY SELLO A TINTA DEL TRIBUNAL)
Dr. Rodolfo Luzardo Baptista (FDO)
La Secretaria,
Abog. Yusmila Rodríguez Romero. (FDO)
Resolución No. _______-2008.-
RLB/an.-
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