En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) LA INCOMPETENCIA POR LA CUANTÍA en la demanda que incoa EVELIN STELLA PERROTTA DE PAPPAGALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.282.793, de este domicilio, representada por los abogados ERNESTO RINCÓN, MARYORI RUIZ, MARIA ALCALA y DIANA HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 29.021, 112.540, 83.641 y 49.486, de este domicilio, en contra de la ciudadana AIDA NIRIT GARCÍA GIRÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.768.904, de este domicilio, representada legalmente por lo abogados ALEX YANEZ, JUAN ESCOBAR, LUISA RAMOS, MARCO FERRER, WILMER COLINA y GERTRUDIS POSADA, venezolanos, mayores de edad, .....