Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CODIGO CIVIL, interpuesta por el ciudadano Humberto Antonio Melean Jiménez Y Suslenny Maria Guerrero Delgado, venezolanos, cónyuges entre sí, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. V-7.685.514 Y V-14.375.475, respectivamente, domiciliados en el Municipio Machique de Perija del Estado Zulia.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha seis (06) de septiembre de 2003, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Liberta del Municipio Machiques de Perija del Estado Zulia, contrajeron los ciudadanos Humberto Antonio Melean Jiménez Y Suslenny Maria Guerrer.....