DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Séptimo en funciones de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA MISMA, a favor del penado: ROBERTO ANTONIO FINOL URDANETA, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 01-10-70, plomero, titular de la cédula de identidad N° V-11.660.279, hijo de Ismelio Finol y Enmelia Urdaneta, residenciado en la Calle Independencia, antes del Cementerio, diagonal a la Quesera "Orlando", Villa del Rosario, Municipio Rosario de Perijá, Estado Zulia; quien fue sentenciado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 3° y 4° en concordancia con los artículos 80 y 82, todos del Código Penal, donde resultó víctima el.....