PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación con Funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la autorización requerida por la ciudadana MARILUZ MORAN GONZALEZ, portadora de la Cédula de Identidad Nº 14.278.486, para tramitar que se expida debidamente el pasaporte de su hija SE OMITE EL NOMBRE DE LA NIÑA. Sin que ello, de modo alguno, implique autorización para salir fuera del territorio nacional, de acuerdo por previsto en los artículos 392 y 393 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
• Queda autorizada la ciudadana MARILUZ MORAN GONZALEZ, antes identificada, para representar a su hija SE OMITE EL NOMBRE DE LA NIÑA, por ante el órgan.....