Ahora bien, consta de las actas procesales que en fecha veintiocho (28) de enero del año en curso, este Tribunal dictó sentencia definitiva en la causa, declarando parcialmente con lugar la demanda incoada, condenando al demandado a cancelar al actor la suma de TRES MIL DOSCIENTOS TRECE BOLÍVARES (Bs. 3.213,oo) y la restitución del inmubele objeto del litigio, verificada la notificación de las partes, se declaró en estado de ejecución voluntario el fallo proferido en autos, y transcurrido el lapso procesal establecido para dar cumplimiento voluntario, este Tribunal DECLARA EN ESTADO DE EJECUCIÓN FORZOSA el fallo de autos, en consecuencia ORDENA LA ENTREGA del inmueble objeto del litigio, formado por un apartamento distinguido con el No. 4-B, del piso 4 del Edificio Maracaibo, del Conjunto Residencial La Florida, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, salvo los derechos de terceros.