Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado CARLOS FUNG GUEVARA, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.130, y de este domicilio en su carácter de defensor del acusado DAVID JULIO SOTO QUINTERO, Venezolano, mayor de edad, identificado con cédula de Identidad No. 15.060.862, chofer, domiciliado en la Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia; y SE DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados MORLY UZCATEGUI C. y KARINA MORA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 39.546 y 89.827 respectivamente, en su carácter de defensores de los acusados NAUDY JOSÉ LINARES Y JHONY JOSÉ VIVAS MUÑOZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. 12.514.471 y 15......