Por los fundamentos de Hecho y de Derechos esgrimidos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado: ALVARO LUIS GONZALEZ PIRELA, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 24 años de edad, fecha de nacimiento: 18-09-1983, soltero, de profesión u oficio vendedor, cedula de identidad N° 18.875.028, hijo de NELLY GONZALEZ y padre DESCONOCIDO, residenciado en el Barrio San Sebastián, calle 46, casa N° 126-131, teléfono 0416-2207229, Maracaibo, Estado Zulia, a cumplir la pena de en TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley previstas en el articulo 13 del Código Penal, por ser COMPLICE en la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal en concordancia con el artículo 84 ordinal 1 Ejusdem, en perjuicio de la ciudadana.....