Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A formulada por los ciudadanos: REINALDO ROMAN FERRER RODRIGUEZ E ILEANA COROMOTO LEON FUENMAYOR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 10.378.022 y V.- 9.718.206 respectivamente. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído el día veinte (20) de Febrero de 1.999, por ante el Jefe Civil y Secretario de la parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, según consta del Acta de Matrimonio No.- 33, que corre inserta en las actas, en el folios seis y siete (06), (07). ASI SE DECLARA.
No hay pronunciamiento sobre hijos, por manifestar las partes expresamente no haberlos procreado .....