Ahora bien, este Tribunal instó a los cónyuges ciudadanos ANTULIO JOSE CASTELLANO y ZULAY MANZUR RIVERO, antes identificados, a la conciliación, y en vista de que no pudo lograrse la misma, en consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda la SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO, en la forma convenida por las partes. Así se decide.-