En fuerza de los fundamentos que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PERIMIDO el presente proceso de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO intentado por la ciudadana MARIA DEL CARMEN PEÑA DE MENDOZA, contra los ciudadanos GISELY ADIRA MENDOZA DE PEREZ, JAVIER ALEXANDER MENDOZA DE PEÑA, CARLOS AUGUSTO MENDOZA PEÑA, RONALD EMERSON MENDOZA PEÑA; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 9.822.677, V- 10.225.262, V- 12.932.820, V- 14.251.470, V- 14.819.796, V- 15.901.670, respectivamente; en consecuencia:
PRIMERO: Se declara EXTINGUIDA la presente instancia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.
Así mismo vista de la solicitud realizada en cuatro (04) de octubre del 2016, se ordena la devolución de los originales.....