PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha 23 de Junio de 2014, por ante la Defensoría de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Intendencia Parroquial Alonso de Ojeda del municipio Lagunillas del estado Zulia, por los ciudadanos: BEATRIZ DEL CARMEN PRIMERA PEROZO y ÁNGELO ANTONIO HERNÁNDEZ VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-18.794.070 y V-18.509.833, respectivamente, domiciliados en Jurisdicción del municipio Lagunillas del estado Zulia, en materia de Régimen de Convivencia Familiar, en beneficio de la niña: (SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO .....