Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
¿ CON LUGAR la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO, intentada por el ciudadano EDWIN JOSÉ SÁNCHEZ BARBOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 5.039.635, y domiciliado en ésta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano PECTER JOSÉ HOLLAND BRAVO, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de identidad No. V-14.369.833 y del mismo domicilio.-
¿ RESUELTO el contrato de arrendamiento suscrito entre el ciudadano EDWIN JOSÉ SÁNCHEZ BARBOZA, y el ciudadano PECTER JOSÉ HOLLAND BRAVO, sobre un inmueble constituido por un inmueble, conformado por un local comercial ubicado en el Centro Comercial Cristo Rey, Planta.....