Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
1. SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 3º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, esta es, la ilegitimidad de la persona que se presente como apoderado o representante del actor, por no tener capacidad necesaria para ejercer poderes en juicio, o por no tener la representación que se atribuya, o porque el poder no esté otorgado en forma legal o sea insuficiente, propuesta por la parte demandada Sociedad Mercantil ZULIA TOWING AND BARGE COMPANY, CA, contra el ciudadano SERGIO DE PANFILIS GUTIÉRREZ parte demandante, en el Juicio de COBRO DE BOLÍVARES. ASÍ SE DECIDE.-
2. SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 5° del artículo 346 del vigente Código de.....