Decisiones del dia 07/06/2006
N° Expediente :
12993
N° Sentencia :
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Fecha: 07/06/2006
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: BANCO AGRO-INDUSTRIAL VENEZOLANO, C.A. INSCRITO EN EL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA EN FECHA 13-06-1.977, BAJO EL NO. 1, TOMO 16-A, POSTERIORMENTE MODIFICADOS SUS ESTATUTOS SOCIALES, SEGÚN DOCUMENTO INSCRITO EN EL REGISTRO MERCANTIL EN FECHA 14-09-1.981, BAJO EL NO. 104, TOMO 29-A, EN CONTRA DE LOS CIUDADANOS BEATRIZ LEON DE GONZÁLEZ Y ALFONSO LEÓN SALAS, Y A LA SOCIEDAD MERCANTIL ZULIA MOTORS, S.A.,
Resumen:
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara perimida la instancia en la presente causa, ordenándose el archivo del expediente en señal de terminación del proceso. Archivese.
Juez/Ponente:
Gleny Hidalgo Estredo
Organo:
Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
N° Expediente :
40.911
N° Sentencia :
180
Fecha: 07/06/2006
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato
Partes: RAFAELA MALDONADO OSUNA, LUIS EMILIO LEZAMA, ESPERANZA DE LEZAMA, LUIS EMILIO LEZAMA Y VICENTE LEZAMA
Resumen:
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, EN CONSECUENCIA:
1. CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA CON PACTO DE RETRACTO, incoada por la ciudadana RAFAELA MALDONADO OSUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.061.887 y domiciliada en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia en contra del ciudadano LUIS EMILIO LEZAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.120.616 y de este domicilio, sobre la retroventa de fecha treinta y uno (31) de mayo de 1999, registrada por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, anotado bajo el No. 24, protocolo 1°, tomo 22. En consecuencia, se ordena al ciudadano LUIS EMILIO LEZAMA, .....
Juez/Ponente:
Dilcia Sorena Molero Reverol
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
N° Expediente :
2989-2006
N° Sentencia :
S-N
Fecha: 07/06/2006
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato
Partes: ESSET MUCHARRAFICH, CONTRA EL CIUDADANO HASSAN ALI HAMMOUD BORHOT
Resumen:
". El Tribunal visto el pedimento formulado por el Apoderado Judicial del demandante, abogado CARLOS GARCIA, provee de conformidad con lo solicitado, y en consecuencia suspende la ejecución de la Medida decretada por el Comitente, y se abstiene de remitir la presente Comisión, haciendo constar que se encuentra presente en este acto desde su inicio la ciudadana NAIFE MOHAMAD DE HAMMOUD, ya identificada, asistida por el profesional del derecho antes mencionado, y a quien se le notifico del objeto del traslado y constitución, ciudadana este que manifestó que ocupa el inmueble conjuntamente con su cónyuge HASSAN HAMMOUD.
Juez/Ponente:
Surma Rodríguez Rosales
Organo:
Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez
N° Expediente :
4893-05
N° Sentencia :
210-06
Fecha: 07/06/2006
Procedimiento: Pensión De Alimentos
Partes: CIOLY CHAPMAN Y ERNESTO RAGA
Resumen:
PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos esta Juez Unipersonal No. 1 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de la obligación alimentaria, intentada por CIOLY MARINA CHAPMAN LARA, contra de ERNESTO JAVIER RAGA MEDINA, a favor de los adolescentes de autos y fija como pensión alimenticia mensual medio salario mínimo (1/2), esto es, la suma de doscientos treinta y dos mil ochocientos setenta y cinco bolívares (Bs. 232.875,oo) por cuanto en la actualidad el salario mínimo asciende a la suma de cuatrocientos sesenta y cinco mil setecientos cincuenta bolívares (Bs. 465.750,oo) y a medida que aumente el salario mínimo aumentará la pensión alimentaria, en el porcentaje antes mencionada. En caso de un incremento del salario diferente al salario.....
Juez/Ponente:
María Mónica Delgado
Organo:
Tribunal Primero de Protección del Niño y Adolescente