Por los Fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la ciudadana YASMERI DEL CARMEN ATENCIO URDANETA, titular de la Cédula de Identidad N° 11.394.382 y en consecuencia ordena LA ENTREGA EN PLENA PROPIEDAD del vehículo con las siguientes características: MARCA TOYOTA, MODELO COROLA, CLASE AUTOMÓVIL, TIPO SEDAN, SERIAL DE CARROCERÍA A1029501877, SERIAL DEL MOTOR 79901890, PLACA BAA-97B, AÑO 1994 a la antes citada ciudadana, por las razones anteriormente descritas, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.- Como consecuencia de ello, se ordena oficiar al Estacionamiento Judicial Paraíso, librar Constancia de Entrega del vehículo. Notifíquese de lo aquí acordado mediante boleta, al ciudadano Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Publico del Estado Zulia. Regístrese, Notifíquese y Remítase en la oportunidad legal correspondiente