declara:
• APROBADO Y HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO, realizado en el presente procedimiento de DIVORCIO ORDINARIO, incoado por los abogados en ejercicio ARMANDO ATENCIO y SORAIDA QUINTERO DE VILLALOBOS, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 91.379 y 11.653 respectivamente, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano LEONARDO ALBERTO ROMERO SERVIGNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.716.791, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana LISBETH COROMOTO AÑEZ VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, cedulada bajo el No. V-7.973.201, del mismo domicilio, relacionada con el adolescente (Se omiten los nombres de los niños, niñas y/o adolescentes por razones de confidencialidad).-
• En consecuencia se declara TERMINADA la presente causa.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-