Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos: LAURYMAR BRAVO FERNANDEZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 21.596.151, domiciliada en el sector Las Rurales, calle 3, Casigua El Cubo, Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia, y el ciudadano: YEMERSON EDUARDO CASTAÑEDA ANGULO, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.869.864, domiciliado en el Cruce, calle Principal, Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia, a favor de su hija: (IDENTIDAD OMITIDA), de 02 meses de edad;. Se deja constancia qu.....