DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos DANNY ALBERTO LUGO LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 23.758.150, número telefónico 0412-6582610, correo electrónico Dannylugo.13@gmail.com, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, y JAIMAR CHIQUINQUIRÁ TORRES LOZANO, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 22.054.101, y de igual domicilio, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, y el criterio de la sentencia Nº 693 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha dos (2) de junio de 2015, bajo la ponencia de la .....