el Tribunal provee conforme a lo solicitado, en consecuencia, SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Juzgado en fecha 17 de Marzo de 2.008, y recaída sobre un inmueble constituido por un apartamento signado con las siglas G-1-3, ubicado en el Primer Piso del Edificio Galera del Conjunto Residencial Amazonia, el cual está construido sobre una extensión de terreno, que formó parte de mayor extensión, ubicado en el margen oeste de la avenida, prolongación el Milagro Norte, antiguo sector Santa Rosa de Tierra situado en jurisdicción del antiguo Municipio Coquivacoa, Distrito Maracaibo del Estado Zulia, el cual está ubicado en el lado Oeste del edificio, entre los apartamentos tipo dos (02) y tipo cuatro (04), tiene una superficie total aproximada de setenta y cinco (75 mts2), correspondiéndole un porcentaje de condominio sobre los bienes y cargas comunes del edificio del 4,81 % y alinderado de la siguiente manera: NOR-ESTE: Apartamento tipo cuatro, SUR-O.....