REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, seis (06) de Agosto de (2008)
198º y 149º
Vista la diligencia que corre inserta al folio cincuenta y cuatro (54) de la pieza principal de este expediente, presentada en fecha treinta (30) de julio del año que discurre, por el abogado Humberto Ocando, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 53.872, quien obra con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, el Tribunal provee conforme a lo solicitado, en consecuencia, SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Juzgado en fecha 17 de Marzo de 2.008, y recaída sobre un inmueble constituido por un apartamento signado con las siglas G-1-3, ubicado en el Primer Piso del Edificio Galera del Conjunto Residencial Amazonia, el cual está construido sobre una extensión de terreno, que formó parte de mayor extensión, ubicado en el margen oeste de la avenida, prolongación el Milagro Norte, antiguo sector Santa Rosa de Tierra situado en jurisdicción del antiguo Municipio Coquivacoa, Distrito Maracaibo del Estado Zulia, el cual está ubicado en el lado Oeste del edificio, entre los apartamentos tipo dos (02) y tipo cuatro (04), tiene una superficie total aproximada de setenta y cinco (75 mts2), correspondiéndole un porcentaje de condominio sobre los bienes y cargas comunes del edificio del 4,81 % y alinderado de la siguiente manera: NOR-ESTE: Apartamento tipo cuatro, SUR-OESTE: Apartamento tipo dos, NOR-OESTE: Fachada del edificio y SUR-ESTE: Hall o recibo de ascensor y escaleras. Dicho inmueble pertenece a la parte demandada según consta de documento registrado en la Oficina de Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha dieciocho (18) de Diciembre de Dos Mil Siete (2.007), quedando registrado bajo el N° 46, tomo 37°, Protocolo 1°. Ofíciese lo conducente al ciudadano registrador.-
El Juez Provisorio,


Carlos Rafael Frías La Secretaria,


María Rosa Arrieta F.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior resolución bajo el N° ____, y se oficio al ciudadano registrador bajo el N° _______.
La Secretaria,