En razón de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE: PRIMERO: DECLARA ha lugar la solicitud interpuesta por el ciudadano HERLY ENRIQUE DELGADO RAMIREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.348.890, domiciliado en Santa Bárbara de Zulia, municipio Colón del Estado Zulia, debidamente asistido por la ciudadana YOHANA SUAREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.913.717, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 190.474, con domicilio procesal en la avenida 5, con calle 3, sector Zamora, San Carlos de Zulia, municipio Colón del Estado Zulia y por vía de consecuencia, acuerda la entrega en c.....