Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia se ordena rectificar el Acta de Defunción N° 57, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Lucia, en tal sentido se dispone lo siguiente:
1. Donde se lee: "Omar Ahmad Omar Sait"; debe leerse: "OMAR AHMAD OMAR SEIT".-
2. Donde se lee: "casado" debe leerse "divorciado".-
3. Donde se lee: "OMARI" debe leerse "OSMARI".-
4. Donde se lee: deja ocho hijos nombrados: "Karimar, Osmari, Valery, Ruaida, Luís A, Zamira, Andrea, Luís D. Omar", debe leerse: deja nueve hijos nombrados: "Karimar, Omari, Valery, Ruaida, Luís A, Zamira, Andrea, Luís D. y Nayhua Omar".-