Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1.-) CON LUGAR, la demanda por COBRO DE BOLIVARES, seguida por BANCO MERCANTIL, BANCO UNIVERSAL, en contra de la sociedad mercantil CARNICERIA Y CHARCUTERIA SAN LUIS, C.A, plenamente identificados en actas.
2.-) Se condena a la parte demandada sociedad mercantil CARNICERIA Y CHARCUTERIA SAN LUIS, C.A, al pago de la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 300.000,00) monto de la obligación demandada, más los intereses legales calculados en un 12% anual, hasta la definitiva cancelación de la obligación.
3.-) Se condena en costas a la parte demandada, por haber sido vencida en el presente proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de.....