Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control. Extensión Santa Bárbara del Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Eximir al ciudadano ISMAEL ZABALETA MOYA, de nacionalidad colombiana, titular de la cédula de ciudadanía Nº 85.442.92, mayor de edad, soltero, obrero, fecha de nacimiento 04 de enero 1978, edad, 31 años de edad, hijo de Alberto Sáenz Torres y de Evelia Moya Rico, residenciado en el Km.22 Vía Santa Bárbara al Vigía, Hacienda Berlín Municipio Colón Estado Zulia, teléfono: 0275-4114224, 0275-4152326 de constituir la caución personal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 259 del Código Orgánico Procesal Penal, siempre que se comprometa a someterse al proceso, no obstaculizar la investigación y abstenerse de cometer nuevos delitos, dejando sin efecto la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, prevista en el artículo 250 del.....