Por los Fundamentos expuestos esta Sala No. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado NELSON GUANIPA MORILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.327, en su carácter de defensor del imputado REINALDO SEGUNDO VERA VÍLCHEZ, en contra de la decisión N° 2120-06, dictada en fecha 12 de Noviembre de 2006, por el Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. SEGUNDO: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE los puntos primero y segundo del recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho ÁNGEL IVÁN QUINTERO RAMÍREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.281, actuando con el carácter de defensor del imputado FREDDY JOSÉ GALVIS MÁRQUEZ; en contra de la decisión N° 2120-06, dictada en fecha 12 de Noviembre de 2006, por el Juzgado Noveno de Control de.....