Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR demanda de divorcio incoada por la ciudadana ZULAY ESCALONA, en contra del ciudadano SAMUEL RODRIGUEZ, en base a la causal de abandono voluntario, del artículo 185 del código civil.
SEGUNDO: SE DECLARA DISUELTO el vinculo matrimonial existente entre los ciudadanos ZULAY COROMOTO ESCALONA ARCAYA y ENEDINA DEL ROSARIO CLAVEL PAZ.
TERCERO: se ordena PARTICIPAR a la Oficina de Registro Principal del estado Zulia y a la Jefatura Civil de la parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del estado Zulia, una vez quede firme el presente fallo.