Este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho MARINES VIERA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 01 de julio de 2.011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de diferencia de cesta tickets, intentó la ciudadana DEILY INES MARQUEZ RUJANO en contra de la Sociedad Mercantil SERVICIOS PROFESIONALES DE INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN, C.A. (SERPRINCOCA). 3) SE CONDENA a la empresa SERVICIOS PROFESIONALES DE INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN, C.A. (SERPRINCOCA), a pagar a la ciudadana DEILY INES MARQUEZ RUJANO la cantidad de Bs. 3.361,68.