Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA, a favor del ciudadano TARCICIO JOSE CHOURIO VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-14.237.636, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de Caja Saca, Estado Zulia, fecha de nacimiento 26-11-1972, de 39 años de edad, soltero, de profesión u Oficio Obrero, hijo del ciudadano TARCICIO CHOURIO y de la ciudadana JOSEFINA VELASQUEZ (D), Avenida Los Bucares, Granja IRZA, Casa Color Azul, Frente a la Granja La Reina, Teléfono: 0424-6787421; de conformidad con lo dispuesto los artículo 44.1 y 49.2 ambos de la Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artìculo 1 del Código Orgánico Procesal Penal, al no encontrase llenos los extremos de Ley.....