Por los fundamentos expuestos este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
INADMISIBLE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por los abogados HUGO HERMAN GOTOPO, ASCENCION ARTURO PEÑA, Y HUGO CUBILLAN, inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 31.260, 37.905, 43.639 y 104.393, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos JUSTO PASTOR BARRAEZ, MAGALY GONZALEZ Y FLOR BRACHO, titulares de la cédula de identidad número 9.146.176, 7.477.623, 12.788.586, respectivamente contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DEL ESTADO FALCÓN.