declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por los ciudadanos TULIO BARRERA y JOEL LÓPEZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 118.126 y 140.310 respectivamente, actuando con el carácter de defensores de los ciudadanos EDGAR SEGUNDO BARRIOS y CÉSAR ANTONIO GARCÍA CRESPO; SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 774-12, dictada en fecha 08 de Septiembre de 2012, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se decretó medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad, a los mencionados ciudadanos, por la presunta comisión de los delitos de CONCUSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Contra la Corrupción y, ABUSO DE FUNCIONES, previsto y sancionado en el artículo 67 ejusdem, en perjuicio del ciudadano WOUNG GII SIU y EL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 y 252.....