a) PERIMIDA LA INSTANCIA en la solicitud de DIVORCIO ORDINARIO, incoado por el ciudadano JOSE EDUARDO BLANCO ORTIZ, Venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No-E-81.485.603, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana BENILDA CANO ALVARADO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº-9.317.927.
b) No hay costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento
Civil.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia certificada por Secretaría.