Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA ENTREGA MATERIAL EN CALIDAD DE DEPOSITO del vehículo CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO SEDAN, MARCA: DAEWOO, AÑO: 1997, USO PARTICUALR, COLOR: AZUL, MODELO, CIELO GLE, SERIAL DE CARROCERÍA: KLATA19Y1VC221395, SERIAL DEL MOTOR G15MF400282, PLACAS VAG-23S, al ciudadano LUIS ALBERTO PORTILLO TORRES, C.I. V- 8.504.697, el cual deberá presentarlo cuando le sea requerido por este tribunal. Así mismo la prohibición de VENDER O ENAJENAR dicho vehículo en virtud de lo antes expuesto, e igualmente la prohibición de circular en el referido vehículo fuera del Territorio Nacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda librar oficio a la División de Investigaciones Penales de la Policía Regional del Estado Zuli.....