Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA TERCERA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Admite parcialmente el recurso de apelación de auto presentado por el profesional del derecho JAVIER RAMÍREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 83.195, quien manifiesta actuar en su carácter de defensor de los imputados WILMER JOSÉ PÉREZ LLAVANERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.682.070, MARÍA TERESA PÉREZ LLAVANERAS, titular de la Cédula de Identidad No. V-12.134.262, MARÍA TERESA LLAVANERAS DE PÉREZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.463.482, y LUIS ÁNGEL PÉREZ LLAVANERAS, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.420.175, contra la decisión No. 1219-2014, de fecha 13 de octubre de 2014, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funcion.....